Nuestros Seguros

Seguros Obligatorios

Existen en el Perú más de treinta seguros obligatorios que la ley establece debemos contratar.
Estos tipos de seguros tienen en nuestro país un papel muy importante, no sólo en el crecimiento del mercado asegurador sino también en el aspecto social, pues ha beneficiado a miles de personas con las indemnizaciones efectuadas por las Compañías de Seguros.
Comunícate con nosotros para informarte cual es el seguro que la ley te obliga contratar como persona natural o como persona jurídica.

El SOAT cubre la muerte o lesiones corporales de las personas que hayan sufrido un accidente de tránsito sean ocupantes o terceros no ocupantes del vehículo participante del evento. Todo vehículo automotor que circule por el territorio nacional debe contar con un certificado SOAT. ¿Ya tienes el tuyo?

Sabías que el nivel de evasión de SOAT en el Perú es de 20% sin incluir las motos, con ellas aumenta al 50%. No seas parte de esa estadística. Pide uno

Otorga coberturas por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, a los trabajadores, empleados y obreros. Toda lesión orgánica o perturbación funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo.

Al ser un seguro obligatorio, el no tenerlo la consecuencia es que su empresa deba asumir todos los gastos médicos o de pensión que la ley indica, así como las multas correspondientes.

 

 

 

 

Se refiere al seguro de accidentes no laborales. Específicamente al que deriva de causa violenta, súbita extrema y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez, temporal o permanente, o muerte.

Algunos ejemplos de accidentes que suelen estar cubiertos por las pólizas de seguros son:

  • La asfixia o lesiones a consecuencia de gases o vapores, inmersión o sumersión, o por ingestión de materias líquidas o sólidas no alimenticias.
  • Las infecciones derivadas de un accidente cubierto por la póliza.
  • Las lesiones que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos motivados por un accidente cubierto por la póliza.
  • Las lesiones sufridas a consecuencia de legítima defensa.

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